Alumbrado y reflectantes. ¿Qué debemos llevar en la bicicleta?
per Conbici (www.conbici.org) i BACC

El catadióptrico rojo trasero es obligatorio a todas horas, mientras que los reflectantes amarillos en ruedas y pedales son opcionales.

Las bicicletas tienen que llevar encendidas la luz de posición delantera (blanca) y trasera (roja), si circulan entre el ocaso y la salida del sol o en tramos afectados por la señal "Túnel". (Ahora bien, si tenemos luz de dinamo - la única homologada en España - y nos paramos en un cruce, nos quedamos sin luz aunque no hayamos apagado el alumbrado. Cosas de los legisladores...)



En las vías interurbanas, además del alumbrado hay que llevar colocada "alguna prenda reflectante" que permita distinguirnos a 150 metros (más o menos la distancia que alumbran los faros de largo alcance de los coches). No necesariamente ha de ser un chaleco como para los automovilistas, también puede ser un cinturón, cintas para recoger los pantalones, una mochila o una chaqueta con elementos reflectantes, etc.

(Contrariamente a lo que opina el legislador, creemos que es mucho más eficaz, viable y seguro poner elementos reflectantes a la bicicleta, por ejemplo en los pedales, el guardabarros o la horquilla trasera, en vez de obligarnos a llevar una prenda especial por si se hace de noche o por si las autoridades nos desvían por un tramo con túnel.)



A raíz del nuevo Reglamento General de Circulación 2004, Conbici ha elaborado un documento que pretende informar sobre los aspectos del reglamento que afectan a los ciclistas. En cada edición del Ciclo Times podréis leer extractos del mismo. Podéis consultarlo íntegramente en

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Marzo 2.004. Transporte de niños, carga y remolques ¿Qué está permitido?